Gratificacion Laboral

Articulo Laboral y de Recursos Humanos:


La gratificación es un derecho laboral que está normado por las leyes del trabajo del Estado Peruano, ley 27735. La cual define que la gratificación, es un pago adicional que se suma a la remuneración o sueldo de los trabajadores. En el Perú la gratificación se hace efectiva el 15 del mes de Julio y el 15 del mes de diciembre; como fecha máxima de pago de las mismas


¿A quiénes les toca la gratificación?


Reciben la gratificación los trabajadores del sector público y privado que estén en planilla y que cuenten con un contrato tiempo indefinido, a plazo fijo, o a tiempo parcial. También reciben gratificación las trabajadoras del hogar, del sector agrario. No reciben gratificación los practicantes, trabajadores que trabajan por recibo por honorarios y los que pertenecen a las microempresas. Ver ejemplo practico




¿Cuánto reciben de gratificación?

En el caso de la mediana y gran empresa, les corresponde como pago un sueldo completo, para la pequeña empresa y trabajadoras del hogar; les corresponde como pago el 50% de un sueldo.  A lo mencionado anteriormente,se le debe de adicionar el 9% de bonificación extraordinaria si están afiliados a ESSALUD o el 6.75% si están afiliados a una EPS.

En el caso del sector público, dichas bonificaciones se denomina aguinaldo; correspondiéndoles, a los trabajadores contratados bajo decreto legislativo 276 y a aquellos que están bajo contrato administrativo de servicios (CAS), dicho aguinaldo asciende a  S/300.00; según la ley de presupuesto público dada para el presente año.

Sin embargo para todos aquellos trabajadores del sector privado, que fueron contratados en el sector público bajo la vigencia del decreto legislativo 728, tendrán derecho a recibir un sueldo completo; más el 9% de bonificación extraordinaria. Para aquellos que estén afiliados a ESSALUD o el 6.75% si están afiliados a una EPS


Consideraciones a Saber

Para saber cuánto te toca recibir de gratificación, primero debes tener en cuenta la base usada para realizar el cálculo, que se compone de:
Remuneraciones fijas o recurrentes: los ingresos fijos que percibes de manera mensual como el básico y la asignación familiar, ademas de que sean de libre disponibilidad del trabajador.

Remuneraciones variables: son los conceptos que percibes de manera opcional y que varía con los meses. ¿Cuáles? Las horas extras, comisiones, bonos regulares, de producción o nocturnos, entre otros, aunque para tomar en cuenta esta remuneración en el cálculo de la gratificación, debes haberla percibido al menos tres veces durante el semestre.



Gratificación sin descuentos
Es importante recordar que una reciente norma del Congreso de la República ha señalado a través de la ley N°30334, que a las gratificaciones están exoneradas del descuento de AFP u ONP, y ESSALUD. Trasladándose únicamente el 9% (ESSALUD), como remuneración extraordinaria a favor del trabajador.

Hay que destacar también, de que los trabajadores se beneficiaran, en un 22% aproximadamente, ya que en estas oportunidades  dejaran de aportar; tanto lo correspondiente a la AFP, como a la ONP. Sin que esto afecte, su derecho al fondo de pensiones, por los aportes no realizados en Julio y Diciembre.  Ver ejemplo practico

Tampoco se le puede hacer descuentos por los servicios de instituciones educativas como Senati, Sencico o Conafovicer. Para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), el gremio empresarial explica que la bonificación extraordinaria no será el 9% sino el 6.75% del monto de la gratificación.

La gratificación se calcula de acuerdo a los días que ha laborado el trabajador. Si entró a trabajar durante el año se va reduciendo proporcionalmente el monto de la gratificación de acuerdo al tiempo de servicio ejercido durante un semestre que puede ir de enero a julio o de agosto a diciembre. Tomando en cuenta el sueldo del último mes computable para cada caso

No se puede descontar a la gratificación los días no laborados por vacaciones, licencias con goce de remuneraciones, descansos por accidente de trabajo remunerado o subsidiado.

Para poder acceder a la gratificación, el trabajador (a) debe de haber laborado como mínimo un mes completo.

La gratificación en el Perú si está sujeto al pago del Impuesto a la Renta (renta quinta categoría), si el sueldo mensual del empleado supera los S/ 1,975. 



Cuándo pagar la gratificación

Según la ley la gratificación debe pagarse en la primera quincena de julio y la primera quincena de diciembre. De no pagarse la gratificación los trabajadores pueden presentar una queja  a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) para que se multe a la empresa. Las multas por no pagar gratificaciones pueden llegar hasta 192 mil nuevos soles.   

Comisiones

Si el empleado trabaja por comisiones, se debe realizar el cálculo de un promedio de las comisiones que ha recibido en los últimos seis meses antes de julio o diciembre. Ese promedio constituye el valor de la gratificación. Ver ejemplo practico

Gratificaciones Extraordinarias        

No son obligatorias pero las empresas sí pueden realizarlas si existe un acuerdo entre empresa y trabajadores, por iniciativa de la organización o a través de convenios colectivos.




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