Articulo: Laboral y Recursos Humanos:
Preguntas sobre el pago de las gratificaciones



Primero debes de saber de qué las gratificaciones, son aplicables al sector privado, siendo un derecho laboral adquirido según ley 27735. Comprendiendo dentro de dicho beneficio a los trabajadores del sector privado, bajo cualquier contrato laboral (plazo fijo, indefinido, parcial o cualquier otro) decreto legislativo 728 y aquellos trabajadores que hayan sido contratados en el sector público; bajo la entrada en vigencia de dicho decreto.

Para los trabajadores del sector publico, que hayan sido contratados, bajo dl 276 o régimen CAS; le corresponde el pago de un aguinaldo que para este año se ha estipulado en S/300 de acuerdo al presupuesto publico para este año. El mismo que se paga en las mismas fechas que se pagan las gratificaciones a los trabajadores del sector privado.


A continuación, te traemos algunas consultas desarrolladas para ayudarte con tu proceso de aprendizaje

1. ¿Cuándo me van a pagar por la gratificación  en el 2020 y de que depende?

Los periodos correspondientes al pago de dichas gratificaciones, se dan durante dos periodos al año que son en Julio y Diciembre, siendo la fecha máxima para su remuneración los días 15 de cada mes; a todos sus trabajadores, indistintamente la forma de contratación: indeterminado, plazo fijo o tiempo parcial.
 Para su determinación existen algunos factores como:
·         Régimen laboral de la empresa.
·         Periodo laborado
·         Tipo de contrato de trabajo
·         Remuneraciones computables o no computables.
2. Si no me han depositado la gratificación de julio 2020  ¿Qué puedo hacer?
En primer lugar, debes de saber que para ser acreedor de la gratificación, debes de haber laborado por lo menos 1 mes completo.
De ser así debes descartar, que estas laborando en una empresa acreditada como microempresa. Una manera muy simple de saber esto es visitando la siguiente dirección: clik aqui Solo coloca el numero de RUC de tu empleador en el recuadro que aparece y obtendrás la respuesta.
Si ya has estado laborando en esta empresa y te han depositado la gratificación en el 2018. Puede pasar que haya sido un descuido en la empresa que laboras, comunica esto a la empresa y ellos tendrán que solucionar el tema adicionando los intereses correspondientes al momento de hacer el cálculo de tu gratificación. De no suceder esto puedes poner una denuncia laboral click aqui
                            

3. Me han depositado la mitad del sueldo de gratificación ¿Qué puedo hacer?
Probablemente estés laborando en una pequeña empresa. Este tipo de empresas solo paga el 50% del beneficio, sobre tu remuneración fija. Esto de acuerdo a la norma
4. He recibido un poco menos de mi gratificación, trabajo en una empresa del régimen privado ¿Qué pudo pasar?
Esto sucede cuando no has laborado los 6 meses calendarios completos, el plazo de computo es de Enero – Junio, por lo tanto para que el beneficio lo recibas completo tienes que haber laborado como mínimo del 01 de Enero de 2020 hasta el 30 de Junio de 2020.
5. Si renuncio dentro del plazo computable ¿Recibiré gratificación completa?
Es correcto, recibirás tu gratificación completa. En este caso es seguro que lo recibas en tu liquidación de beneficios laborales.
6 ¿De que se trata la bonificación extraordinaria ¿Cuánto me tocaría recibir?
El monto a recibir dependerá de tu régimen de seguro social, si estas asegurado al essalud, recibirás un 9% adicional, por otro lado, si estas afiliado a una EPS, recibirás un 6.75% adicional; en ambos casos se calcula. en base a la remuneración computable de la gratificación que recibirás
7. ¿Me pueden retener mi gratificación?


En realidad, las retención de la gratificación, de manera global no se puede dar; pero si puede suceder que se descuente o se retenga cierto porcentaje de ellas en os situaciones que explicamos a continuación

A)      Por acuerdo de partes: Se pueden dar descuentos con un acuerdo previo y por escrito que tiene que estar manifestada la voluntad de las partes. Por ejemplo, si el trabajador solicitó un préstamo a la empresa. El empleador puede realizar descuentos en la gratificación, más no retenerla”. 

B)      Por orden judicial: La empresa puede retener la gratificación siempre y cuando haya una orden judicial. Por ejemplo, si el trabajador está inmerso en un problema de alimentos se puede retener como máximo el 60% de la remuneración total. También, si el trabajador mantiene una deuda por incumplimiento de pago ya sea civil o comercial. Todo esto de acuerdo a lo que estipula el artículo 648, inciso 6 del Código Procesal Civil.


Cabe señalar que para además que para retenciones por mandato judicial por incumplimiento de obligaciones no se podrá proceder con el descuento si la remuneración del trabajador no exceda de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP). Para montos mayores se podrá proceder con el embargo hasta una tercera parte del exceso. Para el 2019 se ha fijado la URP en S/ 420.00.

8. yo trabajo para el estado mediante contrato CAS ¿Cuánto recibiré de gratificación?
En tu caso recibes un concepto que se llama aguinaldo, que viene hacer un importe de S/. 300.00 soles.
9. yo ingrese a laborar el 10 de Junio de este año ¿Me corresponde gratificación julio 2019?
No te corresponde gratificación, no has laborado un mes calendario completo.
10. Yo percibo horas extras y comisiones ¿Ingresan para el cálculo de mis gratificaciones?
Si has percibido como mínimo en 3 meses, si ingresan al cálculo. No tienen que ser meses consecutivos.
11. yo recibí vales de alimentos ¿Ingresaran al cálculo de mis gratificaciones?
No, las prestaciones alimenticias – indirecto,  son un concepto no remunerativo.
12. yo recibí un aumento en mi sueldo en el mes de mayo ¿Cómo cálculo mi gratificación?
Para el cálculo de tu gratificación debes considerar tu nuevo aumento de sueldo, la norma es la remuneración vigente, en el último mes a considerar, en las fechas correspondientes para su cálculo y asignación; sea en Julio o Diciembre. En este caso en particular es el sueldo que ganas al 31 de Junio
13. Los meses de febrero, marzo y abril estuve con descanso de maternidad ¿Me corresponde gratificación completa?
Si te corresponde tu gratificación completa, el periodo de descanso de maternidad es tiempo computable para el cálculo.

14. Trabajo con recibos por honorarios ¿Me corresponde gratificación?

No te corresponde gratificación, el beneficio es para los trabajadores que están en planilla.Por otro parte, si cumples todos los requisitos de un trabajador dependiente, puedes realizar tu denuncia en Sunafil.

15. Si como empresa no deposito la gratificación ¿Cuánto es la multa laboral?

No depositar la gratificación es una falta grave, el monto dependerá del número de trabajadores afectados.


Si una empresa que no es mype no cumpliera con el pago de la gratificación hasta el lunes 15 de julio la sanción sería desde 1.35 UIT hasta 22.50 UIT (S/. 5,602.50 hasta S/. 93,375).
Si una empresa registrada como Mype en la categoría pequeña empresa  no cumpliera con el pago de la gratificación hasta el lunes 15 de julio la sanción sería desde 0.45 UIT hasta 4.5 UIT (S/. 1,867.50 hasta S/. 18,675).

El valor de la UIT para este año es de S/4,200 (Unidad Impositiva Tributaria)

En el caso de empresas registradas como Mype en la categoría microempresa, estas no están obligadas a realizadas el pago de la gratificación a sus trabajadores.



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