Régimen Laboral de la MYPE
Des de hace ya unos años atrás, existe una nueva clasificación
de las empresas peruanas que toma como referencia el monto de sus ventas anuales y ya no el
número de sus trabajadores, esto se contempla en la Ley de Impulso al Desarrollo
Productivo y al Crecimiento Empresarial, promulgada ayer por el poder Ejecutivo.
Un punto importante es que las microempresas tendrán un plazo de tres años desde su constitución para subsanar infracciones laborales y tributarias sin la aplicación de sanciones.
La norma señala además que las microempresas que superen durante dos años las 150 UIT podrán conservar por un año adicional el régimen especial laboral, mientras que las pequeñas empresas que superen las 1.700 UIT por dos años podrán conservar el mismo régimen durante otros tres años.
A continuación les traemos un interesante vídeo a cerca del Regimen Laboral de las MYPES, cortesía de nuestros amigos de la SUNAFIL
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