Proceso Fiscalizador Inspección SUNAFIL
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) es la entidad pública mediante la cual el Estado Peruano cumple el compromiso de garantizar el respeto de los derechos de los trabajadores, así como generar las condiciones adecuadas para el desarrollo de las actividades económicas de las empresas, promoviendo su formalidad y productividad. A través de la Ley Nº 29981 (15.01.2013), el Congreso de la República creó SUNAFIL como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Inicio y Motivo de la Inspección
Los
inspectores se presentaran en la puerta de ingreso laboral, debidamente
identificados y acreditados y su presencia se puede dar en cualquier momento y
sin previo aviso, lo recomendable es dejarlos ingresar en un lapso máximo de 10
minutos; al momento de presentarse el inspector, el empleador o el
representante legal, antes de dejarlos ingresar pueden proceder a verificar su identificación,
lo que podrá hacer en la página de la
SUNAFIL (https://www.sunafil.gob.pe) opción identificación de inspectores; para
lo cual deberá de solicitar el fotocheck del inspector donde figura su número
respectivo.
Al
realizar la visita, es obligatorio que los inspectores comuniquen su presencia
al sujeto inspeccionado o a su representante. Por otro lado, los trabajadores y
sus representantes del sindicato, si es que existiera uno también deben estar
enterados.
Asimismo,
la ausencia del representante de la empresa no evita la obligación del
empleador de brindar las facilidades al inspector. Éste debe permitirle el
ingreso y el recorrido al centro laboral.
El motivo
de la visita o inspección laboral se pueden dar por las siguientes causas:
a) Por
una denuncia laboral
b) Por
una visita programada al centro laboral
Durante la Inspeccion Laboral
El o los inspectores pueden permanecer en el establecimiento
durante el tiempo que sea necesario hacer la inspección. Los inspectores
pueden solicitar que todos los trabajadores estén presentes en una diligencia
inspectiva. También pueden pedir la de quienes estimen necesarios para el
proceso. La consigna es que las disposiciones legales sean cumplidas
correctamente. El sujeto inspeccionado está obligado a brindar la información del
caso para confirmarlo.
Como parte de la diligencia está la identificación de las
personas presentes en el centro de trabajo. Estos deben justificar su presencia
en dichas instalaciones y corroborar que se respeten sus derechos laborales. En
caso de que evidencien temor a represalias, o carezcan de libertad para
plantear sus quejas, los inspectores podrán entrevistarlos sin la presencia de
los empleadores o representantes. De darse así, sus declaraciones tendrán que
ser confidenciales.
Facultades del Inspector Laboral
Entre sus principales facultades figuran:
A) Ingresar en los centros laborales, sin previo aviso sea de día o de noche, al momento de presentarse en el centro laboral debe de comunicarlo al empleador o su representante. Así como permanecer todo el tiempo que crea conveniente durante la inspección laboral
B) Solicitar las facilidades para su desplazamiento y inspección, así como el acompañamiento del empleador o su representante; para mostrar transparencia durante el proceso.
C) Proceder a realizar cualquier examen o prueba, para comprobar que las disposiciones legales se cumplen efectivamente.
D) Recabar información y datos de relevancia durante el proceso inspectivo.
E) Aconsejar, recomendar o requerir al sujeto inspeccionado, a tomar en un plazo determinado las medidas repectivas en cuanto al cumplimiento de las normativas socio laborales y de seguridad en el trabajo.
D) Otras que derivan de la ley y su reglamento.
Reportes Solicitados en la Inspección
El procedimiento de inspección también implica
examinar la documentación y los libros de la empresa relacionados con la
verificación y el cumplimiento de la legislación socio-laboral, de seguridad y
de salud en el trabajo. Esto requiere obtener muestras de sustancias y materiales
utilizados o manipulados en el establecimiento, realizar mediciones, obtener
fotografías y vídeos, realizar croquis y planos.
Además, los inspectores están facultados para
obtener copias y extractos de documentos que puedan anexar al expediente administrativo.
Para ello se exige la presentación de dicha documentación en las oficinas
públicas que se designen al efecto.Entre los principales estan:
A) Registro físico o digital de ingresos, salida y horas extra trabajadores
B) registro de trabajadores cuarta, quinta categoría y pensionarios (T registro y Plame)
C) Reglamento interno de trabajo (si procediera)
D) Plan anual de capacitaciones
E) Registro de exámenes medico ocupacionales, informes de accidentes laborales,plan de seguridad y salud laboral y reglamento de seguridad y salud en el trabajo (si procediera)
F) Registro de pago de aportes pensionarios, Seguro Social, SIS
G) otros que vea por convenientes
Al finalizar la Inspección
Una vez finalizada la diligencia, el inspector mediante acta aconseja y recomienda la adopción de medidas que promuevan el adecuado cumplimiento de las normas socio-laborales o si así lo amerita lo sancionara, brindándole al sujeto responsable un plazo de terminado para alinearse a la normativa establecida.
En conclusión, la inspección debe llevar a las empresas a aplicar las modificaciones necesarias a sus instalaciones, montaje y método de trabajo. El objetivo final es garantizar que en toda compañía se cumpla con las disposiciones relacionadas a la salud, la seguridad y los derechos de sus empleados.