Articulo Laboral y De Recursos Humanos:
Calculo de la Liquidación por Despido




El Ministerio de Trabajo del Perú define el despido como aquella decisión unilateral del empleador, mediante la cual se da por terminado el vínculo laboral del trabajador con la empresa. Cuando el despido es arbitrario, es decir, no existe un motivo justificado por la legislación laboral, el trabajador tiene derecho a una liquidación o indemnización. Para los trabajadores permanentes (plazo indeterminado), el cálculo de liquidación por despido (indemnización) se hace de la siguiente manera:
Cómo hacer el cálculo de liquidación
  • Se debe contabilizar todos los años, meses y días para hacer el cálculo de la liquidación.
  • De forma que se multiplica 1.5 remuneraciones por el número de años laborados (Si ganaba S/.1,000 mensuales, 1.5 remuneraciones es S/.1,500).
  • Se divide 1.5 remuneraciones entre 12 y el resultado se multiplica por el número de meses laborados.
  • Se divide 1.5 remuneraciones entre 360 y el resultado se multiplica por el número de días laborados.
  • Se suman los resultados parciales para obtener el resultado total de la liquidación.
  • Al resultado total se le aplica el tope de 12 remuneraciones: si la indemnización que resulta del cálculo es menor o igual a 12 remuneraciones se abona la indemnización calculada, pero si es mayor de 12 remuneraciones se abona solo el tope de ley.
Para los trabajadores a plazo fijo (contratos determinados}, el cálculo de la liquidación  equivale a una remuneración y media mensualpor cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con un máximo de 12 remuneraciones.
El plazo para solicitar la indemnización es de 30 días naturales desde que se produjo el despido.

Beneficios sociales

El cálculo de indemnización, también deberá comprender derechos no pagados, como: vacaciones truncas, días trabajados fuera del horario, horas extras. Además, beneficios laborales, como: gratificaciones, utilidades y Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) que aún no hayan sido abonadas, en caso corresponda.
Para el cálculo de indemnización por vacaciones no gozadas se considera la remuneración vigente en la fecha de cese. Si al trabajador le faltaba dos meses para salir de vacaciones, se divide el sueldo entre doce y se multiplica por los dos meses truncos. Ese monto forma parte de la liquidación.
Si a falta de un mes para que pague la gratificación, el trabajador es despedido, dicho beneficio se divide entre seis y el resultado semultiplica por los cinco meses trabajados. El resultado es parte de la liquidación.

Cálculo virtual

Para determinar si el pago por concepto de liquidación de beneficios sociales es correcto, el Ministerio de Trabajo ha creado un aplicativopara los usuarios. Pulsa aquí para verlo.
Según el Tribunal Constitucional (TC), el trabajador que demanda a la empresa para solicitar la reposición en su puesto de trabajo, por considerar que su despido fue injusto, no podrá, al mismo tiempo, pedir que se le pague la indemnización o liquidación. De hacer esto último estaría aceptando el término de la relación laboral.
Si el trabajador no está de acuerdo con el cálculo de liquidación hecho por su empleador, puede acudir al Ministerio de Trabajo con sus boletas de pago para pedir una revisión del monto que le ha sido abonado.



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