La Licencia sin Goce de Haber
La
licencia sin goce de haber no es una ruptura del vínculo
laboral entre el trabajador y la empresa.
¿Es un derecho la licencia sin goce
de haber?
Es
importante señalar que la licencia sin goce de haber no es un derecho laboral,
es potestad del empleador o la empresa otorgar la licencia sin goce de haber.
No hay ninguna obligación para
otorgar la licencia sin goce de haber.
Normalmente
las licencias sin goce de haber se otorgan luego de que el trabajador y la
empresa han llegado a un acuerdo. Las empresas utilizan el principio de razonabilidad cuando otorgan estos permisos, ya que hay que tomar en cuenta que la empresa reducirá su capacidad de operatividad.
Cualquier trabajador puede tramitar esta licencia. No existe algún
requisito el tiempo de la licencia sin goce de haber dependerá del empleador y
lo otorgará de acuerdo a sus propios criterios y respetando el principio de razonabilidad.
Los derechos laborales
Una
licencia sin goce de haber suspende algunos derechos
laborales, pero no todos,. El derecho que se suspenden, en primer
lugar, es el sueldo porque obviamente no se está trabajando. Además se
suspenden otros derechos como la
Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), las vacaciones, gratificaciones y
las utilidades que para ser pagados necesitan registrar días laborados.
Los
derechos que sí se mantienen con una licencia sin goce de haber son el acceso a
la seguridad social y
la salud,
por lo cual el trabajador si puede utilizar los servicios de Essalud o
las Entidades Prestadoras de Salud (EPS).
¿Se puede despedir al trabajador?
De
ninguna manera se puede despedir a un trabajador que está con licencia sin goce
de haber, , porque se está vulnerando su derecho
a la defensa. Sí se le despide ese trabajador puede alegar en los
tribunales que no se le dio el derecho fundamental a la defensa. Para poder
despedirlo tiene que culminar su permiso o licencia sin goce de haber para que
recién se pueda realizar el despido o la ruptura del vínculo laboral.
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