Articulo: Laboral y Recursos Humanos:
El cálculo de las horas extra es un punto en el cual
debemos de tener mucho cuidado, para no
caer en cálculos erróneos o equivocaciones y realizar cálculos y pagos
equivocados, para llegar a ello de manera adecuada se debe considerar.
El horario en la jornada laboral
Para calcular las horas extras, lo primero que se
realiza es el cálculo de la hora simple, para ello, se divide el sueldo mensual entre 30 para obtener el valor por día y finalmente
entre 8 para obtener el valor hora. Recordemos que el periodo mensual
laboral según la normatividad existente, está estipulado en 30 días;
independientemente de que existan meses con 28 o 31 días.
Entonces veamos que menciona la normatividad de cómo
se realiza el cálculo del valor hora, para ello revisemos el
artículo 12 del Decreto Supremo
007-2002-TR:
Para
efectos de calcular el recargo o sobretasa, el valor de hora es igual
a la remuneración de un día dividida entre el número de horas de
la jornada del respectivo trabajador.
Para
calcular el valor hora, es igual remuneración de un día dividida entre el número
de horas de la jornada respectiva del trabajo.
Por lo
tanto, el cálculo dependerá de la jornada de trabajo de
cada trabajador,
Por ejemplo:
Un asistente
administrativo tiene la siguiente jornada de trabajo: 8:00 am – 5:00
pm, en ese caso su jornada de trabajo es de 8 horas.
El asistente
de operaciones tiene la siguiente jornada de trabajo: 9:00 am – 5:00
pm, en ese caso su jornada de trabajo es de 7 horas.
Por lo que, no
siempre vas a dividir entre 8 para obtener el valor hora, lo que
tienes que saber y tener claro, es el número de horas de la jornada
de trabajo del trabajador. Recuerda que el refrigerio no está considerado
dentro del horario de la jornada laboral, salvo pacto o acuerdo entre empleado
y empleador que estipule lo contario; el tiempo de refrigerio es de acuerdo a
la norma 45 minutos o una hora según acuerdo específico. Entonces siguiendo el
ejemplo, tenemos el siguiente cuadro
Para lo tanto
el valor hora será distinto para cada trabajador:
·
Asistente Administrativo:
S/ 6.25 (1500 / 30 / 8)
·
Asistente de
Operaciones S/ 7.14 (1500 / 30 / 7 )
Por lo
tanto, el valor hora será distinto para cada trabajador.
La remuneración computable u ordinaria
Como ya sabemos, para calcular las horas extras, lo primero que
se realiza es el cálculo de la
hora simple, para ello, se divide el
sueldo mensual o remuneración ordinaria entre 30 para obtener el valor por día
y finalmente entre 8 para obtener el valor hora.
Pero que sucede cuando el trabajador, recibe múltiples
conceptos remunerativos, que entran a sumar o incrementar su remuneración ordinaria
mensual. Revisemos lo que dice el Decreto
Supremo 007-2002-TR en su artículo 11
al respecto
Se entiende por remuneración ordinaria aquella que, conforme a lo previsto por el Artículo 39 del Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, perciba el trabajador, semanal, quincenal o mensualmente, según
corresponda, en dinero o en especie, cualquiera sea la forma que se le de siempre y cuando sea de su libre disposición.
No se incluyen las remuneraciones
complementarias de naturaleza
variable o imprecisa, así como aquellas otras de periodicidad distinta a la
semanal, quincenal o mensual, según corresponda.
De esto se puede distinguir dos características, que debemos tener en cuenta al momento de tomar en cuenta la remuneración ordinaria y los conceptos remunerativos que la componen; al momento de hecer el calculo de las horas extra. Primero que la remuneración cumpla un principio de regularidad sea de forma semanal, quincenal o mensual y la segunda que la remuneración sea de libre disposición.
Por
ejemplo:
Sandra se desempeña
como asistente administrativo, en el mes de marzo ha percibido los siguientes
conceptos remunerativos:
En el mes de marzo ha realizado dos
horas extras. Para
calcular las horas extras, lo primero que debemos calcular es
el valor de la remuneración día, para ello analizaremos su remuneración ordinaria
y los conceptos que la componen, tomando en cuenta dos aspectos importantes que
son: libre disponibilidad y
regularidad.
·
Remuneración
mensual, cumple las dos características.
·
Asignación
familiar, cumple las dos características.
·
Movilidad
libre disponibilidad, cumple las dos características.
·
Utilidades: solo
cumple libre disposición
·
Comisiones: no
se incluye en el cálculo de horas extra
·
Bonificación
Jefatura: cumple las dos características.
Por lo tanto
el valor de la remuneración diaria será: 3,193 /30 = S/ 106.43
Entonces
debes de considerar:
1. No subestimes el calcular las
horas extras como un cálculo simple y fácil de calcular.
2. El cálculo del valor hora dependerá
de la jornada de trabajo de cada trabajador.
3. Para calcular la remuneración
diaria, debes tener en cuenta la remuneración ordinaria y que los conceptos
remunerativos que la compongan, tengan d dos características fundamentales
que son: deben de ser delibre disponibilidad del trabajador y les deben de ser
entregados con regularidad.(siempre durante un periodo estipulado)
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